Este viernes, el proyecto pasó su primer trámite, siendo aprobado por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara Baja. La idea de incorporar el delito de tortura al Código Penal había sido anunciada por el ministro de Justicia José Antonio Gómez el 2014, quien detalló que este vejamen no se encuentra tipificado como delito.
El presidente de la instancia, el diputado Raúl Saldívar (PS), consideró un paso histórico el que se haya aprobado el proyecto, el cual define ampliamente el delito de tortura, el contexto y las circunstancias consideradas tortura, además eleva las penas las que pasan a ser imprescriptibles y considera también agravantes como la violación o abuso sexual.
Se está dando “un gran paso para ponernos al día en materia de tortura a nivel internacional”. “Hasta ahora no existía un clara definición del contexto y las circunstancias de los hechos que pueden ser consideradas torturas. Por eso, valoramos que este proyecto finalmente pase su primer trámite en el Congreso”, señaló Saldívar.
El parlamentario explicó que el proyecto establece una concepción amplia del delito de tortura, pudiendo esta ser cometida por cualquier persona y no sólo por funcionarios públicos o por personas que, sin ser funcionarios públicos, ejerzan funciones públicas.
Precisó que el proyecto eleva sustancialmente la pena asociada al delito de tortura, pasando de reclusión menor en sus grados medio a máximo (desde 541 días a cinco años) a la de presidio mayor en su grado mínimo (desde cinco años y un día a diez años). “Pero lo que nos parece muy importante es que queda claro que en estos casos no opera la prescripción de la acción ni la prescripción de la pena. Este es un aporte significativo al país”, concluyó Raúl Saldívar.
El legislador indicó que, además, el proyecto considera como autor del delito de tortura no solo a quien ejecuta materialmente los hechos, sino a quien da la orden de cometerlos. Asimismo, se tomarán como agravantes la muerte de la víctima, haber sufrido lesiones graves y la concurrencia de violación o abuso sexual.
Fuente: Cámara de Diputados de Chile