La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó sentencia de primera instancia, pero elevó las penas a tres agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de Leandro Arratia Reyes, ilícito perpetrado el 18 de enero de 1981, en la Región Metropolitana.
En fallo dividido, la Quinta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Manuel Muñoz Pardo, María Rosa Kittsteiner y Gloria Solís– condenó a 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito, a los agentes:
- Álvaro Corbalán Castilla
- Roberto Schmied Zanzi
- José Aravena Ruiz
En la resolución, el tribunal de alzada desestimó la aplicación de la figura de la media prescripción y elevó la sanción de 7 años de presidio dictada en primera instancia por el ministro en visita Mario Carroza, el 14 de mayo pasado.
La decisión se adoptó con el voto en contra de la ministra Kittsteiner, quien estuvo por mantener la prescripción gradual, coincidiendo en este punto con el criterio del ministro en visita para la aplicación de la pena.
En el aspecto civil, el tribunal de alzada capitalino confirmó el fallo que ordenó al Estado de Chile pagar una indemnización, por daño moral, de $100.000.000 (cien millones de pesos) a la viuda e hijos de Leandro Arratia Reyes.
Fuente: Poder Judicial de Chile
Memoria Viva
El 18 de enero de 1981 falleció Leandro Abraham Arratia Reyes, 36 años, fotógrafo, militante del PC. Había regresado a Chile en forma regular en octubre de 1980.
Oficialmente se informó que en la madrugada de ese día, en circunstancias que efectivos de la CNI intentaron detener a Leandro Arratia, éste opuso resistencia, parapetándose en una casa ubicada en calle Ricardo Santa Cruz N° 651 de la comuna de Santiago, ante lo cual los funcionarios de seguridad se vieron obligados a usar sus armas de servicio, resultando abatida la víctima.
Según declaraciones de familiares de la víctima recibidas en la Comisión, en la madrugada del 14 de enero de 1981, había sido allanado su domicilio ubicado en la comuna de Conchalí, por efectivos de seguridad. Estos le exigieron que cooperara con ellos, reconociendo antiguas amistades e informándoles de sus actividades. Según esas mismas declaraciones, el día 16 de enero, en circunstancias que esperaba locomoción, fue abordado por un individuo. Con posterioridad, no se tuvo noticias suyas hasta el comunicado oficial.
En la investigación judicial que tuvo lugar, uno de los funcionarios de la CNI involucrado en el operativo en que murió la víctima, declaró que se le había encomendado investigar las actividades de esta persona. Por otra parte, en el protocolo de autopsia se consigna que algunas de las heridas a bala que registraba el cuerpo, le fueron disparadas por la espalda, lo que no concuerda con la versión oficial.